El Buzón Ético es un canal seguro que ofrece un espacio donde informar o denunciar cualquier acción u omisión contraria a los principios de buen gobierno o del ordenamiento jurídico, así como los principios éticos del Código de conducta del Ayuntamiento de Rubí, y tiene el objetivo de promover la cooperación entre la Administración municipal y las personas.

  • Las comunicaciones al Buzón Ético las podrá hacer cualquier persona, además de los servidores públicos al servicio de los órganos y las unidades integrantes del Ayuntamiento de Rubí, y las entidades que forman la Administración municipal.
  • Hay que guardar el código que genera la plataforma para que la persona que utliza el canal pueda realizar el seguimiento de su comunicación.
  • No se trata de un canal para formular quejas y consultas, por las cuales el Ayuntamiento ya dispone otros canales, como Avisos, Quejas y Sugerencias (AQS).

Funcionamiento del buzón

  1. Las comunicaciones tienen que describir los hechos con el detalle suficiente para facilitar las tareas de investigación. Se aconseja incluir la máxima información.
  2. Los campos para identificar la persona que presenta la notificación, así como los relativos a su dirección física y electrónica, tienen carácter opcional y, por lo tanto, no son un requisito obligatorio para la presentación de comunicaciones.
  3. Las comunicaciones se harán preferentemente mediante el Buzón Electrónico. Las comunicaciones también se admitirán por otros canales o de manera presencial ante el órgano gestor del Buzón Ético (la Comisión Antifraude), y en estos supuestos sí que hará falta la identificación personal. Para pedir cita presencial o telemática habrá que dirigir un correo electrónico a [email protected].

Admisión

  • Se admitirán las comunicaciones con una descripción suficiente para identificar el hecho y que resulte verosímil.
  • No se admitirán las comunicaciones hechas con mala fe o abuso de derecho, ni las que no tengan fundamento o sean notoriamente falsas, o que no tengan relación con el objeto del Buzón Ético.

Comprobación

  1. Una vez admitida la comunicación, la Comisión Antifraude comprobará los hechos mediante las tareas de investigación que sean procedentes. En todo caso, se contrastarán los hechos comunicados con la persona o unidad organizativa a la cual se atribuyan.
  2.  Las tareas de investigación se harán en el plazo más breve posible y, como norma general, en un periodo no superior a los tres meses a partir del acuse de recibo.
  3.  Una vez hecha la comprobación, la Comisión emitirá el informe correspondiente, donde constará si se considera que la conducta es contraria al derecho, a los principios o a las reglas éticas y de buen gobierno, y propondrá las medidas de mejora en la gestión pública que considere adecuadas.
  4.  También podrá proponer la incoación de expedientes administrativos para restaurar la legalidad alterada, adoptar medidas sancionadoras o disciplinarias o comunicar a la fiscalía las conductas que puedan ser constitutivas de un hecho ilícito de carácter penal.

Confidencialidad

  • La información personal que pueda proporcionar la presentación de una comunicació se utilizará únicamente para abordar el asunto al cual se refiere.
  • Será tratada exclusivamente por el personal expresamente encargado de las funciones de comprobar y de comprobar y de formular la recomendación pertinente.

Copiar código

  • Recuerden copiar el código de su comunicación.
  • Cuando haga una comunicación al Buzón Ético, es necesaario copiar el código que da la aplicación para poder volver a acceder a la misma y a las comunicaciones que la Comisión Antifraude haga con la persona informante.

 

Más información

 

Acceso al Buzón Ético