Cost efectiu dels serveis
Todas las entidades locales deben calcular antes del día 1 de noviembre de cada año el coste efectivo de los servicios que prestan, partiendo de los datos contenidos en la liquidación del presupuesto general y, en su caso, de las cuentas anuales aprobadas de las entidades vinculadas o dependientes, correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior.
El cálculo del coste efectivo de los servicios debe tener en cuenta los costes reales directos e indirectos de los servicios de acuerdo con los datos de ejecución de gastos mencionados en el apartado anterior, y comunicar el coste efectivo de cada uno de los servicios en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP) para su publicación.
La fuente de los datos mostrada es la publicación oficial del MINHAP (únicamente en castellano).
Distribuciones
Información Adicional
Catálogo de servicios y trámites
Gestión económica